Mientras me encontraba analizando un caso de modificación de medidas, he tropezado con una reciente sentencia, de comienzos de 2017, que me ha resultado bastante interesante y me ha animado a escribir este artículo. Se trata de la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección 1ª, Sentencia 18/2017 de 19 Ene. 2017, en la que se resuelve sobre el modo de abordar el Síndrome de Alienación Parental en un adolescente.
En ella el caso enjuiciado consiste en la solicitud de modificación de la medida de custodia respecto de una menor de edad, de 16 años, presentada por el padre de ésta, cuando ya la viene ejerciendo de hecho durante el último año y medio.
Dicha situación no es ninguna novedad, pues resultan relativamente frecuentes los casos en los que la custodia se viene ejerciendo por uno de los progenitores y en el curso de la convivencia con el menor o los menores, en edades algo más problemáticas, pueden surgir conflictos que dificultan esa convivencia. Estas dificultades pueden llegar, en caso de acentuarse, a que por decisión del progenitor, del menor o de ambos, se produzca un cambio de custodia, pasando a convivir con el otro progenitor.
En estos casos, nos encontramos con una custodia establecida en convenio o sentencia en favor de un progenitor, pero que, de hecho, ésta viene siendo ejercida realmente por el otro progenitor. Es evidente que tal circunstancia debe llevar, máxime cuando se estabiliza en el tiempo, a regularizar la situación, de modo que se acomode la situación real con la jurídica.
Sin embargo, a la vista de esto y volviendo a la sentencia que pretendo plasmar en este artículo, su interés surge por cuanto en el caso enjuiciado el conflicto inicial que motivó el cambio de custodia de la menor tenía su origen en una situación de alienación parental.
La alienación parental
La alienación parental, o síndrome de alienación parental, se podría definir, sin entrar en muchas profundidades, como el conjunto de síntomas sufrido por un menor que conlleva la negativa de éste a mantener contacto con uno de los progenitores y que son motivados por la influencia ejercida sobre el menor por el otro progenitor; influencia que se ejerce sobre el pensamiento del menor con la intención de destruir la relación con el otro progenitor.
Por tanto, en el caso que concluyó con la sentencia a la que me estoy refiriendo, la adolescente cesó su convivencia con la madre, quien ostentaba su custodia, establecida en un convenio regulador y, según los informes elaborados por el Equipo Psicosocial, se llega a la conclusión de que esa imposibilidad de continuar la convivencia venía motivada por el otro progenitor, en este caso, el padre, ya que se apreciaron signos de alienación parental en la menor.
Sin embargo, pese a que la Sentencia que se dictó en primera instancia restableció la custodia de la madre, la cual se debía llevar a cabo de forma progresiva, la Sentencia dictada en segunda instancia llega a una solución totalmente distinta, estableciendo la custodia del padre y el consecuente pago de pensión de alimentos por la madre.
¿Qué hace que la Audiencia Provincial cambie la decisión del Juzgado de Familia?
Es evidente que la existencia de un síndrome de alienación parental constituye una circunstancia especial que ha de resolverse tras un análisis meticuloso de la situación existente en el entorno familiar en el que se encuentre el menor, así como de las circunstancias que existan en los propios progenitores y su aptitud para ostentar la custodia de tal menor. No obstante, como muy bien se analiza en la Sentencia dictada el 4 de junio de 2007 por el Juzgado de Primera Instancia 4 de Manresa, ha de tratarse de fomentar el acercamiento del menor con el progenitor respecto del que el custodio ha fomentado esa fobia u odio.
De este modo, suele darse como solución a tal problema el cambio progresivo de custodia, si bien, en el caso enjuiciado en Manresa, el menor aún contaba con 8 años de edad.
Sin embargo, en el caso al que vengo refiriéndome desde el inicio del presente artículo, en primera instancia se estableció un régimen similar al establecido por el Juzgado de Manresa, mientras que la Audiencia Provincial llega a una conclusión totalmente opuesta, ya que se mantiene la custodia de hecho, que en este caso corresponde al progenitor causante de tal síndrome. No obstante tal conclusión no deja de ser razonada.
Como se afirma en esta Sentencia, resulta obligado, antes de adoptarse cualquier decisión, oír al menor siempre que se considere que posee suficiente discernimiento y, por tanto, habrá de tenerse en cuenta su opinión, si ésta es madura, firme, autónoma y razonada.
Es, en consecuencia, esta opinión y el hecho de que la menor tiene una edad próxima a los 17 años lo que determina en este caso que no exista un cambio en la custodia (en este caso establecida sólo de hecho), algo que se afirma así en tal sentencia.
Aun siendo muy relevante valorar la motivación de Tania , el porqué de lo que dice, con objeto de determinar si sus manifestaciones, opiniones o deseos son inducidos o propios, fundados o gratuitos, razonados o caprichosos, e incluso pudiendo concluir que lo son y que su voluntad no es libre sino que está manipulada por su padre, e influida por su hermana, consideramos que la imposición coactiva de contactos no deseados, además de ser de muy difícil en la práctica, por no decir de imposible ejecución forzosa cuando la menor ha superado cierta edad (mucho más en este caso que ya está próxima a los 17 años), resulta contraproducente desde la perspectiva de la mejora de relaciones con el progenitor no custodio porque no sirve más que para acrecentar en el menor el rencor o el odio que siente hacia aquél, o para mutar en aversión lo que nació como indiferencia, al percibirle como el culpable del establecimiento de unos contactos que ella no desea.
[…]
Nos gustaría con la autoridad que el Estado nos reconoce, constituir o preservar un vínculo afectivo y una relación paterno-materno-filial sólida, como modo de garantizar y hacer efectivo el derecho del menor a vivir, crecer y desarrollarse contando con la presencia de sus dos progenitores, materializado en diversos preceptos de la Convención de Derechos del Niño (concretamente en los arts. 9.3, 7.1 y 8.1, que reconocen al niño que esté separado de uno de sus padres derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño, así como el derecho del niño a ser cuidado por ellos y a preservar su identidad, incluidas sus relaciones familiares. El respeto a estos derechos del menor aconseja salvar la relación paterno-filial siempre que ello sea posible y no perjudique el interés del menor. Pero, de otra parte, la protección del interés del menor exige preservar su estabilidad emocional y, en definitiva, su salud psíquica, que podría resultar gravemente afectada y originar secuelas de carácter psicológico en el menor si se le imponen contactos no deseados por él con una persona que detesta, aunque no tenga culpa de ello, e incluso aunque su otro progenitor sea el responsable como apunta el equipo psicosocial. El tiempo corre en contra del progenitor ausente, que, y también debe valorarse, desde que la niña vive con su padre no ha instado ninguna acción judicial para recuperarla que nos conste, sino a la inversa.
La edad y madurez, claves para la decisión.
A la vista de estas sentencias, podríamos concluir que la búsqueda del beneficio del menor, que ha de primar siempre en la resolución de este tipo de conflictos, va a tratar de erradicar la existencia de este síndrome de alienación parental, lo que con frecuencia se resuelve quitándole la custodia del menor al progenitor que esté influyendo negativamente sobre éste y realizando ese traspaso de custodia de un modo progresivo que lo haga lo menos traumático posible.
Sin embargo, este tipo de “correcciones” se pueden realizar siempre que la edad del menor lo permita, pues, como se afirma en la Sentencia de Pontevedra, tratar de corregir esta situación, por muy indeseable que sea, va a resultar verdaderamente difícil, si no imposible, cuando nos encontramos ante adolescentes, pues ya va a ser tarde, y realmente no va a ser posible forzar a tal adolescente a convivir con quien no desea.
Me parece de tontos ,y perdón por la palabra .
Sí un progenitor es capaz de manipular a un hijo o a varios hasta el punto de que estos rechacen y nieguen el contacto con el otro progenitor,no sólo no es un buen padre o madre ,sino que está maltratando a sus hijos.
Si una madre alcohólica está poniendo en riesgo la vida de sus hijos ,a nadie le parecería raro, que a pesar de que los niños no quieran estar con el padre ,deben hacerlo, puesto que la madre está siendo negligente.En ese caso nos daría igual la edad que tuvieran.
El problema aquí está en que no nos terminamos de creer la opinión de los expertos cuando se refiere a un niño mayor de 12 años. Si el niño no quiere ,aunque su opinión haya sido manipulada ,aunque sea algo que a la larga le va a afectar terriblemente , puesto que ha cortado sin sentido ninguno la relación con uno de sus pilares, tan necesarios para su sano desarrollo,preferimos «no obligarle » porque no sabemos cómo hacerlo.
Teniendo en cuenta lo que tardan los juzgados españoles ,es posible que esos niños o niñas hayan dejado de tener relación varios años antes de que el juicio tenga lugar.Con lo cual ,muchas veces nos ponemos manos a la obra cuando estos chavales tienen 16 ó 17 años ,pero lo triste es que se quedaron sin padre o madre a los 14 ó 15.
Todos los que somos educadores y adultos de cierta edad ,y hemos pasado por la adolescencia de los hijos ,sabemos que con esas edades un chico podría irse de casa porque se le niega usar La Play tanto como desea ,no se le permite salir hasta la 4 de la mañana, o se le quitan ciertos privilegios si no es responsable con sus estudios.
Si estos hechos se dan en una familia en la que los padres están separados y uno de ellos tiene interés en separar a sus hijos del otro ,ya sea para ganar ,ya sea para no pagar pensiones ,ya sea para vengarse o resarcirse, o simplemente porque se le fue la pinza, nos encontramos ante un «haga usted lo que quiera » ya que sus hijos son mayores.
La justicia no sólo no le va a culpar por tal abuso ,sino que le premiará haciendo que deje de pagar pensión y dándole la custodia de unos hijos aunque ya usted haya demostrado que no es responsable ni está capacitado para cuidarlos.Y lo ha hecho porque permite que un problema con el otro progenitor se convierta en un rechazo absoluto por parte de sus hijos ,cosa que si usted no estuviera, jamás tendría lugar. ¿Dónde va a ir un chico de 15 años enfadado ?
Esto en el mejor de los casos , porque lo habitual es encontrarse que «el gravísimo problema » que los adolescentes dicen tener, no es mas que el resultado de una campaña de desprestigio ejercida por aquel progenitor con el que los niños se van a vivir .
Así que ,sí, es de tontos ,se premía al que hace mal,y lo basamos en ejercer el menor daño al niño .Pongan ustedes recursos psicológicos para esos adolescentes y sus familias, pero por amor de Dios ,no les dejen en manos de aquellos que los están abusando ,que llevan haciéndolo años y que con su beneplácito seguirán manteniendo a esos chicos alejados de quien probablemente les quiere y no ha hecho nada para verse separado de ellos y sometido a un desprecio incomprensible.
Lo que pudiera ser traumático hoy , (se pararles de ese progenitor abusador), se curará mañana .Dejarles estancados en una situación traumática no es ,ni de lejos la manera en la que todos debíamos proteger a un menor.
Hola,Susana tienes toda la razón.Es muy duro ver como manipulan a los hijos por venganza,privando al otro progenitor de la obligación y el derecho de educar y mantener el vínculo con los niños-adolescentes.
Los únicos perjudicados son los menores,pues el padre-madre alienador permitirá mil caprichos con tal de que el niñ@ tome partido por él.Y eso es malcriar.Lo has expresado muy bien en tu comentario ,el SAP es fruto de la venganza y la maquinación de progenitores que no tratan a esos menores como seres humanos libres con derechos y obligaciones ,sino como objetos en propiedad usados en su propio beneficio y haciendo de los menores una extensión de su abuso psicológico al progenitor alienado.En el fondo el SAP es un maltrato encubierto al menor ,el daño se le hace al niño-adolescente,pero el alienador poco entiende de sentimientos ajenos ,solo miran por sí mismos y su ego .Puro narcicismo.
Gracias. Acabo de perder la custodia compartida de mi hijo en favor del padre por cambio de localidad ( a 36 kilómetros).Me dio el juez dos opciones: o volvía a lugar que casi se convierte en mi tumba ( maltrato físico , verbal y emocional durante 20 años aunque sin denuncias, sí es verdad) o perdía la custodia. No he vuelto por salud mental ( llevo en terapia 5 años) y no le puedo explicar a mi hijo de 14 años porqué.
Estoy asustada porque tengo intención de pedir cambio de medidas dentro de dos años , antes de que acabe la ESO para que haga conmigo el Bachillerato en mi localidad pero leyendo los testimonio de hijos alienados , estoy en estado de shock, aterrada porque es mucho tiempo y puede pasar de todo.
Todo cuadra.Todo es como se explica .
Hola no sé si alguien me puede ayudar me siento totalmente frustrada. Tengo una hija de 11 años y su padre me la robo así lo describo porq después de tener la custodia de ella y con psicólogo y comisario de familia ella tomo la decisión de irse para donde su padre. Al principio venía una o dos horas por semana a casa luego ya no quiere venir . Siento una angustia tan inmensa que no sé qué hacer. Algunas veces siento en su mirada odio. Desprecio por mí . Yo no sé qué hacer si volver a la comisaría y traerla obligada o dejarla. Simplemente que sea feliz que sería lo mejor para ella
Agradezco sus concejos
Hola Aleida,
Siento la situación en la que se encuentra, ya que es algo muy frustrante. En estos casos resulta muy importante también la edad de los hijos, pues dependiendo de cual sea, podemos encontrarnos en casos más difícil de revertir o no.
Una de las cuestiones más complejas que existen en este tipo de asuntos es que, para conseguir que judicialmente pueda revertirse la situación, es necesario demostrar que está existiendo esa influencia negativa sobre los hijos, algo que muchas veces es muy difícil de conseguir. No obstante, es evidente también que nos encontramos ante situaciones que no pueden dejarse de lado y que requieren, por el propio interés del menor, que se busquen los medios para evitar dicha situación.
Mi situación supera todas las leídas aquí…y mi problema es ademas que me cuesta encuentrar abogado que no de pir vàlida la aseveración:» como vas a obligar a un niño de 15 años?» que es lo que utiliza el padre y le està saliendo bien. Cuando no es ese el planteamiento creo. Mi hijo muchad veces ne ha tirado indirectas…»..si un juez me obliga ..lo tendré que hacer». Lo que no puede él es decir :yo quiero ir con mi madre. Porquè su padre no se lo permite y el no puede luchar contra esta gran presión que ejerce su padre. Simplemente no se debe dejar en manos dr un menor su futuro..no es justo. Las srntencuas gay que cumplirlas y hacerlas cumplir.
Estoy teniendo entrevistad con abogados en Barcelona y no encuentro a nadie, llevo 5 o màs, que no se desarme con lad frasr:»como se va a obligar a un ….»
Leo los comentarios y me pasó y me pasa lo mismo, mi hija de 15 años se fue de casa de un dia para otro y no quizo verme mas. Hoy tiene 20. Hace 5 años que la.persigo. mi hijo de 18 años en ese momento compartia tiempo conmigo y su padre, lo notaba cada vez mas nervioso. Hace dos año le dije que debia elegir una casa donde vivir porque ya estaba grande y no podia vivir una semana en cada casa. El no queria dejarme.sola por eso no tomaba la decision , se fue con su padre ya que le dio auto ,tarjetas, etc. Le.dije no hagas lo de tu hermana , veamonos una vez por semana al menos , veni a comer ,pasa ,etc.Paso un tiempo y empezo con la misma actitud se su hermana. Se aleja, no me quiere ver, me corta el telefono , me dice que lo molesto. He estado enferma con fiebre y no se han quedado ninguno de los dos. Hace poco tiempo comentó que si viene a mi casa no puede volvera a la suya. Le pide permiso al padre para todo. Soy mala palabra en esa casa. No se me nombra. A mi ex suegra la abandonaron todos sus hijos. La ignoraban y cuando yo preguntaba que pasaba nadie sabia decirme el motivo de la distancia. Los mismo que hacen mis hijos. Solo espero que algun dia se revierta. Entendi despues de mucho tiempo que el padre formo una nueva pareja y se llevo a mis hijos. Como yo lo deje el me dejo sin mis hijos. Y ahora me envio una demanda por la casa familiar siendo que hace 2 años le habia pedido de venderla. Solo con amor espero a mis hijos y espero que puedan zafar de ese padre. Yo aca estare firme para cuidarlos cuando se les caiga la venda de los ojos. Algo que ya me paso a mi. Personas psicopatas que te usan para beneficio propio, no notan el daño que les genera. Yo soy su mama ellos me necesitan. A veces noto indirectas pero que solo quedan en eso. Como que si vienen a mi casa luego hay problemas y con tal de no escucharlo prefieren silenciarse. Doloroso muy doloroso.
Susana García no lo pudo describir mejor.
Tb somos una família afectada, hoy mis hijos tienen 20 y 16 años.
Hace 5 años q tienen 0 contacto con mi família y conmigo.
Para mi lo mas frustrante, es el funcionamiento de la justícia Española……de chiste!!
Y lo q mas me duele, es el no poder hacer nada para librar a las dos personas q mas quiero, de las maldades de su padre.
Creo q dejo el comentario aquí, xq me voy sulfurando y dejaria de ser educada.
Animo a tod@s l@s q estais viviendo una situacion similar.
A MI PARA DAÑARME POR DEJARLO HACE MUCHO TIEMPO Y APARTARME RADICALMENTE DE MIS HIJOS Y SACARME EL DINERO PERO SIN QUE ME ACERQUE A MIS HIJOS. HAN METIDO HASTA INFORMES FALSOS EN LOS HOSPITALES DONDE YO MISMA ME PONGO VERDE AL PARECER. DE CHISTE. UNA TRABAJADORA SOCIAL HACE DE COLEGA DEL PADRE Y TAMBIEN ESTA INJURIANDO Y DEMAS. Y LA TRABAJADORA LA MUY SINVERGUENCA DICIENDO QUE SOY UNA MADRE DE RIESGO HABIENDO CUIDADO Y MANTENIDO A MIS HIJOS. HASTA PONERLOS GRANDES CON 15 Y 7 ACTUALMENTE..
Primero que nada quiero decirles a todos coraje y fuerza para esos momentos difíciles.
Mi historia es la siguiente madre de 2 hijos 15 años y 10 años, en instancia de divorcio desde hace 5 años con expertisas para la familia mi hija cambia de discurso cada vez esta semana dijo a los expertos que desea irse a vivir con su padre que no ve ningún avenir conmigo, que ella no deseas hacer esfuerzo y que todo lo hago mal absolutamente todo, que desea que yo salga de su vida y que me regrese a mi continente, vivo en Europa desde hace 20 años y soy de América del Sur.
Por primera vez me siento muy triste al haber escuchado semejante comentario.
Pues en estos 5 años he pasado de todo pero de todo, el papa ha enviado a los niños a relatar historias de horror pero yo sigo en la lucha por mis hijos, últimamente con tanto estrés mi salud se ha degradado y he perdido hasta mi trabajo.
Los expertos hablan de alineacion parental pero yo estoy exhausta y me ha pasado por la mente dejar ir a mi hija para que vaya a vivir su propia experiencia.
Mi hijo lo protejo como puedo aunque los expertos saben que cuando el está con su padre yo no puedo hacer nada porque mi hija y su padre están para someterlo.
Un verdadero calvario que dura más de 10años
En España la justicia siempre llega tarde y eso también significa llegar mal. Y a eso hay que añadir la falta de recursos en mecanismos de apoyo, no solo en la falta de jueces (por ejemplo pueden preguntar lo que tarda un informe psicosocial con medios del juzgado). La ley y la justicia no son capaces de abordar las situaciones de alienación parental y eso las convierte en unas potentísimas aliadas del maltrato infantil.
Susana no as podido explicarlo mejor, ahora mismo estoy viviendo la misma situación K hay se relata igual igual y tu razonamiento al respecto me parece el más sano, lógico en beneficio de los hijos. Además del deveria considerarse seriamente el maltrato psicológico K supone para el progenitor que sufre las consecuencias de un divorcio K parece K va a durar lo mismo K dura un hijo. Yo en mi caso les digo K no deseo esto ni a mi peor enemigo, como se puede llegar hasta en mi caso mi hija y explicarle K es lo K esta pasando…Es una mezcla de indefension, impotencia, rabia, tristeza, es un dolor K les aseguro K se puede llegar a tocar, te roba el aire, y la vida misma. Gracias por dejarme expresarme. Mi nombre es Monika García