Resulta enormemente abrumador, iniciar una nueva jornada y no dejar de leer en suscripciones de periódicos, correos del colegio de abogados y de clientes una misma noticia y de la que uno aún no tenía ni idea, pues acababa de ser publicada, pese a haberse convertido en una auténtica “información viral”. Esa noticia recibía muchos titulares, tales como «la banca sólo devolverá lo cobrado por cláusulas suelo desde mayo de 2013», «Cláusulas abusivas, pero sólo desde mayo de 2013» o «La banca solo tendrá que devolver las ‘cláusulas suelo’ desde mayo de 2013». Evidentemente se trata de una clara llamada de atención que proviene de una nota de prensa publicada por el Tribunal Supremo, pero cuyo contenido no deja más que ambigüedad e incertidumbre sobre el tema.
Esta escueta nota de prensa dice lo siguiente:
El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha vuelto a debatir sobre las denominadas cláusulas ‘suelo’ hipotecarias al estudiar dos recursos de entidades bancarias, uno planteado por el BBVA y otro por Cajasur. En el primer caso, la Sala ha confirmado su propia doctrina que estableció que eran nulas, por abusivas, las cláusulas de ese tipo con falta de transparencia.
Además, ha matizado que el efecto restitutorio de las cantidades ya abonadas en virtud de cláusulas suelo declaradas nulas por falta de transparencia se producirá desde la fecha de publicación de la sentencia de la propia Sala, de 9 de mayo de 2013, donde se estableció la doctrina sobre abusividad de estas cláusulas. En cuanto al recurso de Cajasur, que pretendía que se rectificara esa doctrina de la Sala sobre nulidad de cláusulas ‘suelo’ por abusivas, el Pleno lo ha desestimado.
La prudencia nos obliga a esperar a que se publique la Sentencia sobre la que versa tal nota de prensa, no obstante, tal información ha provocado ya una gran preocupación en los consumidores que han reclamado frente a sus entidades bancarias o están decidiendo iniciar su reclamación, y no sin motivo, pues el contenido crea más preguntas que respuestas.
No obstante, a la espera de ver el contenido de esa Sentencia, aún no redactada, no quisiera dejar de recordar que las consecuencias de una declaración de nulidad se encuentran plenamente recogidas en nuestra legislación, por lo que entiendo que limitar la retroactividad a partir del dictado de la Sentencia que fue dictada el pasado mes de mayo de 2013, con lo discutible que ya resulta tal medida, no puede ni debe ser extendido a quien no fue parte de dicho procedimiento.
Pese a ésto es evidente que aquéllos Juzgados y Audiencias que han decidido acatar al pie de la letra el contenido de la Sentencia que se dictó el pasado mes de mayo de 2013, negando la retroactividad de las cláusulas suelo, difícilmente podrán continuar negando toda retroactividad tras este anuncio, si bien habrá que ver qué ocurre en el resto de Juzgados y Audiencias.
[…] Para entender cómo se formalizaron estos acuerdos trampa, tenemos que recordar que en el año 2013 el Tribunal Supremo dictó su primera sentencia sobre cláusulas suelo, una sentencia en la que se declaraba la nulidad de esta cláusula pero que no entendía procedente que las entidades financieras devolviesen a los consumidores las cantidades …. […]