La nulidad de los acuerdos ofertados para evitar demandas de cláusulas suelo
Tiempo de lectura: 2 minutos
Los acuerdos alcanzados para evitar las reclamaciones sobre cláusulas suelo también son nulos. Así lo ha dictaminado el Tribunal Supremo.Tiempo de lectura: 2 minutos
Los acuerdos alcanzados para evitar las reclamaciones sobre cláusulas suelo también son nulos. Así lo ha dictaminado el Tribunal Supremo.Tiempo de lectura: 6 minutos
El Tribunal Supremo cerró la puerta a la revisión de aquellos casos en los que se obtuvo una sentencia firme en asuntos de cláusulas suelo, en las que se limitaba la retroactividad en relación con el periodo anterior a mayo de 2013. En este artículo damos nuestra visión sobre la posibilidad obtener lo pagado de más en dicho periodo a través de una posible Responsabilidad Patrimonial de la Administración de JusticiaTiempo de lectura: 4 minutos
Durante los últimos meses no se ha parado de recibir sentencias que beneficiaban sólo a unos, los consumidores, invitando al optimismo de estos y a creer que todo estaba ya ganado en su particular batalla contra las entidades bancarias. Buena muestra de ello han sido las sentencias que, desde finales del pasado año 2016 hasta finales del mes febrero de 2017, han ido dictando tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.El primer requisito para poderse apreciar la abusividad de una cláusula con base en la normativa sobre consumidores y usuarios es, como no puede ser de otro modo, comprobar que quien insta dicha nulidad por abusividad sea realmente un consumidor, concepto que, sin embargo, se excluye respecto de aquellos contratos que hayan sido firmados por empresas o profesionales. De este modo, no puede declararse nula una cláusula por ser contraria a dicha normativa sobre consumidores y usuarios, que se encuentre inserta, por ejemplo, en un contrato de préstamo otorgado a una empresa o a un [...]
No deja de ser frecuente la utilización de los ficheros de morosos por parte de las grandes empresas, como medida de presión para ver satisfechas sus deudas sin necesidad de acudir a la vía judicial, más aún cuando acudir a un procedimiento judicial suele conllevar unos costes, en muchas ocasiones, superiores a la deuda existente. Sin embargo, la inscripción de un deudor en tales ficheros ha de realizarse conforme a una serie de requisitos estrictos que establecen la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el Real [...]