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Cada vez se va asimilando más la necesidad de que ciertas cuestiones sigan evolucionando. Una de ellas es la normalización de la custodia compartida como régimen de custodia.

Si bien aún queda mucho camino por recorrer en este sentido, hasta hace unos años era un sistema muy excepcional, si bien, poco a poco va asimilándose como una modalidad de custodia que conlleva más beneficios que perjuicios.

Sin embargo, al igual que ocurre con todas las medidas que se deciden en un procedimiento de familia, el régimen de custodia no es algo inamovible y éste, sea el que sea, se puede modificar.

En este sentido, una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de La Coruña el pasado 7 de febrero de 2019 modifica el régimen de custodia establecido en su día. En este caso, eliminando el sistema de custodia compartida para pasar a establecer un sistema de custodia monoparental en favor de la madre.

perder la custodia compartida

La AP de La Coruña que elimina la custodia compartida

El tribunal, en la sentencia a la que nos referimos que nos recuerda que se puede perder la custodia compartida, comienza recordando los requisitos que existen para que una medida, como puede ser la guarda y custodia, pueda ser modificada: que las circunstancias que existían al tiempo de establecerse la medida que se pretende modificar hayan variado, siendo ese cambio de suficiente entidad, permanente, que no se haya producido por la voluntad de quien está pidiendo la modificación y que se trate de un cambio producido con posterioridad al establecimiento de la medida.

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Los cambios que motivan que se pueda perder la custodia compartida

Las nuevas circunstancias que llevan a que se pueda perder la custodia compartida estableciéndola en favor de la madre de forma exclusiva consisten en que, desde que se estableció la guarda y custodia compartida, eran los abuelos quienes se encargaban del cuidado del menor en aquellos periodos en los que tendría que estar al cuidado del padre.

Esta circunstancia es, a ojos de la Audiencia Provincial de La Coruña, suficiente para que se llegue a la conclusión de que no puede continuarse con la custodia compartida, debiéndose suprimir ésta en favor de establecer un régimen de custodia monoparental, pasando a ser la madre la que se encargue de la custodia.

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La intervención de los abuelos en el cuidado de sus nietos

Apenas se detallan en la sentencia las circunstancias que existían en ese caso, pero es justo decir que, al igual que hay muchos padres que buscan el establecimiento de la custodia compartida con el convencimiento de que es el único modo de no perder el contacto diario con sus hijos, también hay otros tantos que buscan el establecimiento de este sistema de custodia únicamente motivados por evitar el pago de una pensión de alimentos por mayores cantidades de dinero de las que se derivarían de una custodia compartida.

Según parece extraerse de la sentencia, los abuelos no intervenían en el cuidado de su nieto de forma puntual, sino que prácticamente eran los encargados de su cuidado, reemplazando al padre en sus funciones.

Ha de tenerse claro que, con independencia del sistema de custodia que exista, los abuelos son una parte fundamental en la crianza de los niños y pueden perfectamente quedarse al cuidado de estos. Sin embargo, no pueden pasar a convertirse en sustitutos de los padres, ya que ello implicaría una dejación de funciones por parte de éstos y, como ocurre en la sentencia que hoy os comentamos, se podría llegar a perder la custodia compartida.