Hace apenas tres meses, antes de finalizar el año 2017, conocimos la primera sentencia dictada por el Tribunal Supremo en la que debía decidir la nulidad de la cláusula que incorpora el IRPH a los préstamos hipotecarios.
Como conoceréis, en esa sentencia, el Tribunal Supremo acabó dando la razón a la banca y declaró que NO ERA NULO el índice de referencia de los préstamos hipotecarios IRPH.
Sin embargo, y animados por la existencia de dos magistrados que no refrendaron esa sentencia, firmando un voto particular, todos esperábamos que llegara definitivamente esta cuestión al TJUE, más aún después de ver cómo este Tribunal fue el que tuvo que poner cordura en los asuntos sobre cláusulas suelo, ya que en aquélla ocasión corrigió a nuestro Tribunal Supremo con la doctrina que había establecido.
Así, como se esperaba, ya sabemos que el TJUE ha admitido a trámite una cuestión planteada sobre este índice de referencia, el IRPH.
[…] Sentencia del TJUE sobre el IRPH que se ha dictado constituye la respuesta a una serie de preguntas que planteó a este Tribunal un Juzgado de Primera Instancia de Barcelona a raíz de la sentencia que dictó el TS el 14 de diciembre de 2017 y, cada epígrafe de este […]
[…] son las nuevas preguntas que se le han planteado al TJUE sobre el modo de enjuiciar el IRPH y que esperan conseguir un cambio de línea en la actual doctrina seguida por los Juzgados y […]